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El TSJ de Cantabria anula el parque eólico Somaloma–Las Quemadas por fallos en su evaluación ambiental
Por Esther Casabó
Publicado en 14/05/2026 16:48 • Actualizado 14/05/2026 16:51
Cantabria
 

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha declarado la nulidad de la autorización administrativa previa y de la declaración de impacto ambiental (DIA) del parque eólico Somaloma–Las Quemadas y su línea de evacuación, previsto en los municipios de Campoo de Enmedio, Valdeprado del Río y Valdeolea.

La sentencia supone un importante revés para el proyecto, que deberá retroceder en su tramitación, aunque puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

El motivo principal: falta de análisis global

El tribunal estima el recurso presentado por la ONG Territorio Cántabro al considerar que la evaluación ambiental del proyecto no fue completa.

La clave del fallo es que no se evaluaron los efectos conjuntos del parque con otros proyectos eólicos previstos en la misma zona, pese a que existen varias iniciativas en un radio aproximado de diez kilómetros.

Entre ellos se encuentran los parques de Henestrosas, Ornedo, Olea, Morosos, Quintanilla y Cotío.

Según la Sala, el proyecto se analizó “como si estuviera solo”, sin tener en cuenta el impacto acumulado de todos ellos sobre el territorio.

Un impacto que no se puede medir “uno a uno”

El tribunal recuerda que, cuando hay varios proyectos en la misma zona, el análisis no puede hacerse de forma aislada.

En términos sencillos, la sentencia viene a decir:

No es lo mismo estudiar un parque eólico que estudiar seis juntos en el mismo entorno.

La acumulación de aerogeneradores puede tener efectos más intensos en el paisaje, la fauna, el acceso a determinadas zonas y la conservación de hábitats naturales.

Además, la Sala considera que el estudio presentado era insuficiente y basado en estimaciones generales, sin el detalle necesario para justificar sus conclusiones.

Cambios en el proyecto sin nueva información pública

El tribunal también aprecia otro defecto importante: el proyecto fue modificado durante su tramitación, pero no se volvió a someter a información pública.

Entre los cambios se incluyen:

  • Reubicación de aerogeneradores
  • Modificaciones en el diseño del parque
  • Soterramiento de líneas de evacuación

El Gobierno de Cantabria defendía que las modificaciones reducían el impacto ambiental, pero el TSJC entiende que eran cambios sustanciales y debían haberse evaluado de nuevo, permitiendo además la participación ciudadana.

Decisión final

Por todo ello, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC concluye que:

  • La evaluación ambiental no fue completa
  • No se analizaron correctamente los efectos acumulados
  • Y se vulneró el procedimiento al no reabrir la información pública

En consecuencia, declara la nulidad de la autorización y de la DIA del parque eólico.

Qué ocurre ahora

El proyecto queda en una situación de bloqueo administrativo y, si quiere continuar, deberá:

  • Reiniciar parte de la tramitación
  • Elaborar una nueva evaluación ambiental más completa
  • Y someter el proyecto a nuevos procesos de información pública

Clave del caso

El fallo deja una idea clara: la justicia no cuestiona la energía eólica en sí, pero sí exige que su planificación sea global.

Cuando varios parques comparten territorio, su impacto debe analizarse en conjunto y no por separado.

 

Imagen generada del proyecto eólico Somaloma–Las Quemadas

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